Las juezas.
Los integrantes de la septuagésima promoción de la Escuela Judicial recibirán sus despachos el próximo lunes en Barcelona, en un solemne acto protocolario presidido por Su Majestad el Rey.
Entre las razones que les llevaron a elegir esta profesión, según informa la Escuela Judicial, pesaron especialmente su pasión por el derecho, la función de los jueces como garantes de los derechos fundamentales, la independencia e imparcialidad de su función y la posibilidad de contribuir en la lucha contra la delincuencia.


El 71,28 % del total son juezas. Las tres cuartas partes de la promoción, el 74,46 %, no tienen familiares que ejerzan o hayan ejercido una profesión jurídica, lo que desdice desacertadas afirmaciones alusivas a castas profesionales o a una determinada estratificación social.
Son mujeres con vocación e incluso pasión por el derecho y por el ejercicio de la función jurisdiccional, por la independencia y la imparcialidad en el desempeño de tan excelsa función.
Cataluña, tradicionalmente territorio de muy escasa vocación por la judicatura, aporta tan solo 11 nuevos jueces, mientras que de los 188, 73 serán destinado a Cataluña.
El Tribunal Superior de Justicia de dicha comunidad alerta de la desertización de la planta judicial, por diversas razones, como el superior coste de vida en dicho territorio, la endémica falta de tradición opositora para el acceso a la carrera judicial, la dificultad adicional para jueces y magistrados procedentes de otros territorios por el hecho de que Cataluña cuente con idioma propio y con derecho civil foral, así como la coyuntura vivida en los últimos años y la abrumadora carga competencial que soportan los órganos judiciales radicados en esa Comunidad.
Esa fuga no es coyuntural ni transitoria ni tiene visos que vaya a remitir ni revertir. Por ello, ante la acuciante necesidad de Jueces titulares se plantea la conveniencia de incentivar económicamente la estabilidad de la plantilla judicial en Cataluña, como aconteció en el País Basco, ya que la impuesta ofertación de plazas a los jueces de ingreso en Cataluña es una medida ineficaz, cortoplacista, pues a buen seguro, transcurrido el año de permanencia obligada en el primer destino, la mayoría de los jueces destinados en Cataluña concursará a otros destinos más apatecibles, cronificándose la movilidad y generando la falta de cobertura.
Por otra parte, cabe recordar que hasta 1916 las mujeres no pudieron acceder a la carrera judicial. Sin embargo, ese significativo porcentaje que refleja el creciente protagonismo de la mujer en la función pública no tiene su proyección en el Tribunal Supremo ni su corelato en los Tribunales Superiores de Justicia, ni en la composición del Tribunal Constitucional. La igualdad, el mérito y la capacidad deberían propiciar una deseable paridad.
José María Torras Coll
Sabadell