Crónica de Tribunales

Crónica de Tribunales: Una habitación con vistas. La usucapio.

LA USUCAPIO.

El joven tenía 20 años cumplidos y había llegado a Cataluña, desde su aldea natal en Galicia, para cumplir los 15 meses que entonces duraba el servicio militar.  Hacía poco que había fallecido el Jefe del Estado y la guarnición de  Barcelona aún la componían varios miles  de soldados. Aunque no era su oficio, el chico fue destinado a la panificadora militar, se contaban por millares los chuscos que cada mañana eran repartidos por los distintos cuarteles y fue  allí , en la panificadora,  donde hizo amistad con un soldado veterano conductor del camión del pan,  que le quedaba poco  para  licenciarse y tenía alquilada una habitación con vistas  en casa de una señora mayor viuda, con la cual completaba la mujer su exigua pensión.

El veterano que había sustituido  en la pensión a otro veterano, el cual  a su vez había sustituido a otro anterior, le ofreció al chico la posibilidad de quedarse con la habitación para los pases de pernocta de fin de semana, por 1000 pesetas al mes podría disponer de un sitio donde cambiarse el uniforme por ropa de paisano las tardes en que saliese de paseo o quedarse a dormir los sábados cuando le dieran permiso de pernocta.

Ambos quedaron un día en  el que el conductor del pan le presentó a la señora, avalando a su compañero conforme  era un chico serio y formal que no crearía problemas y si la señora aceptaba podría sustituirle a él  en el alquiler de la habitación, como así ocurrió poco tiempo después cuando el conductor del pan  se licenció, el cual no se fue de Barcelona, de tanto ir y venir  con el camión repartiendo el pan por los cuarteles había hecho amistades, había convalidado el carnet de conducir militar  por el civil y había encontrado trabajo en una empresa local de transportes, con lo que ambos amigos se seguían viendo con cierta asiduidad.

Iban transcurriendo los meses y el gallego seguía con su destino en la panificadora  habiendo obtenido ya el pase de pernocta para cada día, con lo que ya no dormía  cada noche en el cuartel de intendencia  sino  en la pensión. La señora, viuda sin hijos, le acabó cogiendo aprecio al muchacho, el cual no faltó ningún mes al pago de las 1000 pesetas del alquiler  y al mismo tiempo no había grifo, enchufe o cualquier cosa que se estropeara que el chico no procediera a su reparación al instante pues era bastante mañoso.

Un día el chico le comenta a la señora que ese fin de semana iba a venir a verle su novia del pueblo y que aunque a él le gustaría que se quedara en el piso, aunque sólo fuera  por ahorrarse el gasto de hotel, ello estaría mal visto por ambas familias  pues aún no estaban casados. No  te preocupes le contestó la señora, la chica puede dormir en el plegatín que tengo en la habitación pequeña y a tus padres o los de ella, si quieres, ya se lo explico yo. Fue así como la señora conoció también a la futura esposa del muchacho.

Pasaban los meses y se iba acercando la fecha del licenciamiento y el chico pensaba que en Barcelona podría tener más oportunidades de trabajo que en el pequeño pueblo de su Galicia natal, y expuso sus cuitas a su amigo, el antiguo conductor del pan,  el cual nuevamente le avaló ante su empresa como chico serio y cumplidor, por lo que salió de la entrevista con la seguridad de que encontraría un hueco si no en esta empresa sí en otra.  Explicó sus planes a la señora de que una vez licenciado quería quedarse a trabajar en Barcelona,  pero que primero regresaría a Galicia a casarse con su novia y que le buscaría otro soldado de confianza  para que le sustituyera a él en el alquiler de la habitación.

La señora, que tras un año de convivencia le  había cogido aprecio al chico y que ya conocía también a la chica,  le ofreció que, una vez casados,  se quedaran ambos en la habitación el tiempo que necesitaran mientras encontraban algo mejor  para ellos dos solos, que a ella le iba bien y a ellos también porque podrían ahorrar para más adelante dar la entrada para un piso.

Como suele ocurrir en tantas ocasiones, lo que empieza como algo temporal se va alargando en el tiempo, la señora y la joven pareja hacían vida como si de una sola familia se tratase y así iban pasando los años, pero llegó un momento en que la señora que ya era de avanzada edad enfermó y falleció y la joven pareja se encargó de todos los trámites del hospital y del sepelio, tras el cual se plantearon qué debían hacer con el piso.

«Vamos a esperar mientras aparece algún familiar heredero de la señora, ella me dijo que tenía un sobrino, pero que hacía años que no sabía nada de él».

La pareja empezó a sufragar a su costa los  consumos  de la vivienda: agua, luz, gas,  comunidad e impuestos municipales  y  así,  esperando a que apareciera el desconocido sobrino heredero que reclamase el piso para sí, pasaron 30 años, durante los cuales, la pareja tuvo tres hijos.

Aunque el matrimonio nunca había oído la palabra «usucapión»,  sí que habían oído algo sobre el hecho  de  que al poseer durante más de 30 años un inmueble, éste  pasaba a ser de tu propiedad, por lo que  plantearon una demanda declarativa del dominio contra los ignorados herederos de la señora, demanda que correspondió resolver al juez sustituto, al cual le llamó la atención lo caótico de la misma, él, que como abogado había llevado unos cuantos asuntos de este tipo, bien  por vía declarativa, bien como expediente de dominio, y aunque los hechos estaban suficientemente  acreditados  y la acción debía prosperar, pensaba el juez sustituto que  él habría sido más cuidadoso y preciso a la hora de la narración de los hechos y sobre todo a la hora de ordenar y presentar cronológicamente los más de  30 años de documentos, básicamente recibos de las contribuciones urbanas, basuras,  gastos de comunidad, consumos, empadronamiento, censo electoral, etc.   Pensaba el juez sustituto, no sin razón, que la justicia tiene algo de lotería y que si él entendía perfectamente el caso de autos pues  como abogado había tocado la materia en sus distintas variantes, podría haber ocurrido que el asunto hubiera correspondido ser resuelto  por un juez profesional sin experiencia alguna en el tema y entonces podrían haber entrado en juego dos variantes, una el empantanamiento del asunto, como de hecho ya había ocurrido hasta la llegada del juez sustituto  y otra,  la posible lotería  del si sí o del si no. La administración de justicia española es muy deficiente, pero mucho peor para los débiles sería el no tenerla  a pesar sus muchas disfunciones. En cuanto a los poderosos, estos no necesitan de la administración de justicia,  éstos tienen algo más rápido y eficaz, tienen el teléfono.

El juez sustituto dictó sentencia estimatoria de la usupación del inmueble, prescripción adquisitiva por 30 años donde no es necesaria ni la buena fe  ni el justo título, aunque en el caso de autos buena fe  la  había de sobra.

Viendo el juez sustituto que la letrada de oficio de la parte demandante estaba muy dubitativa, la llamó al estrado:

-Acuérdese que con la sentencia no basta, una vez firme  ha de inscribirla usted en el registro de la propiedad previo paso por la oficina liquidadora del impuesto de transmisiones patrimoniales.

-Ah, yo pensaba que aquí se acababa todo.

-No,  aquí sólo se acaba una parte.

Sólo los jueces que   han sido abogados se permiten el lujo de esta pequeña labor de asesoramiento hacia sus compañeros más jóvenes e inexpertos,   para la mayoría de los jueces opositores ello es un tema que no les incumbe, no suelen  mirar al abogado como a un compañero, como a un coadyuvante más de la administración de justicia.

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